Lo paga el propietario: el vendedor si se vende y el casero si se alquila. La ley pone en el propietario la responsabilidad de encargar el certificado y de guardar los papeles (artículo 6.1 del Real Decreto 390/2021). El comprador y el inquilino no lo encargan: lo reciben.
El artículo 6.1 dice que «el promotor o propietario» será «el responsable de encargar la realización» del certificado cuando la ley le obligue. Y la obligación existe precisamente al vender o al alquilar a un nuevo inquilino (artículo 3.1.b). Por eso quien pone el inmueble en el mercado es quien lo pide y, en la práctica, quien lo paga.
La norma no regula qué pasa si las partes acuerdan repartir el coste. Pero, pague quien pague, la responsabilidad de tenerlo sigue siendo del propietario. Si falta, la multa puede caerle a él.
| Situación | Quién lo encarga | Qué recibe la otra parte |
|---|---|---|
| Venta de un piso o casa usados | El vendedor | El comprador recibe una copia del certificado registrado y la etiqueta, unidas al contrato (artículo 17.2) |
| Alquiler a un inquilino nuevo | El casero | El inquilino recibe una copia de la etiqueta unida al contrato y las «recomendaciones de uso» (artículo 17.2) |
| Obra nueva | El promotor | El comprador recibe la etiqueta de proyecto si compra sobre plano y el certificado de obra terminada cuando se acaba (artículo 17.1) |
| Ya hay un certificado en vigor | Nadie: no hace falta otro | Se entrega una copia del que ya existe (artículo 6.1) |
La obligación existe al alquilar a «un nuevo arrendatario» (artículo 3.1.b). Si renuevas el contrato con el mismo inquilino, la norma no habla de un alquiler nuevo. Si cambias de inquilino, sí. En ese caso puedes usar el certificado que ya tengas mientras esté en vigor: dura como mucho 10 años, o 5 si la letra es G (artículo 13).
El precio depende del tamaño y del tipo de inmueble, y también de la tasa de registro de cada comunidad. Nosotros lo hacemos a precio cerrado, con IVA, visita, registro y tasa incluidos: 99 € un piso de hasta 90 m², 129 € un piso de 90 a 150 m² o un local de hasta 100 m², y 159 € una casa de hasta 200 m².
Un ejemplo inventado: vendes un piso de 85 m². Pagas el certificado una vez y te sirve también si al final decides alquilarlo, mientras siga en vigor. No hace falta repetirlo para cada comprador que visita el piso.
El certificado tiene que presentarse en el registro de la comunidad autónoma. Lo puede presentar el promotor, el propietario «o la persona autorizada por los mismos» (artículo 6.6). Normalmente lo hace el técnico en nombre del propietario. Si hay tasa, depende de cada comunidad, y forma parte del coste que asume quien encarga el certificado. Antes de contratar, pregunta si el precio la incluye.
Sigue leyendo: cuánto cuesta, el certificado para vender y el certificado para alquilar.
Fuentes: Real Decreto 390/2021, artículos 3, 6, 13 y 17 (BOE) · Real Decreto Legislativo 7/2015, disposiciones adicionales 12.ª y 13.ª (BOE).
| Inmueble | Precio final |
|---|---|
| Piso hasta 90 m² | 99 € |
| Piso de 90 a 150 m² | 129 € |
| Casa o chalet hasta 200 m² | 159 € |
| Local hasta 100 m² | 129 € |
Con IVA, visita del técnico, registro y tasa incluidos. Los metros son construidos: los que pone tu escritura o el recibo del IBI.
Precio cerrado desde 99 € con IVA, visita, registro y tasa incluidos.