Sí, puedes deducirte en el IRPF el 20 %, el 40 % o el 60 % de lo que pagues por obras que mejoren la eficiencia energética. A fecha de 17/10/2026, las de tu vivienda valen para pagos hasta el 31/12/2026 y la del edificio, hasta el 31/12/2027. En todos los casos necesitas un certificado energético antes y otro después de la obra.
Están en la disposición adicional 50.ª de la Ley 35/2006 del IRPF. Esta es la redacción vigente según el texto consolidado del BOE, tras la prórroga del Real Decreto-ley 7/2026:
| Deducción | Qué obra | Qué debe demostrar el certificado | Base máxima | Pagos hasta |
|---|---|---|---|---|
| 20 % | En tu vivienda habitual o en una que alquilas | Que la suma de la demanda de calefacción y refrigeración baja al menos un 7 % | 5.000 € al año | 31/12/2026 |
| 40 % | En tu vivienda habitual o en una que alquilas | Que el consumo de energía primaria no renovable baja al menos un 30 %, o que la vivienda pasa a A o B | 7.500 € al año | 31/12/2026 |
| 60 % | En el edificio residencial donde está tu vivienda | Lo mismo que la del 40 %, pero medido en el edificio | 5.000 € al año; 15.000 € en total | 31/12/2027 |
En la del 60 %, lo que no puedas deducir un año por pasar del límite se puede deducir en los cuatro años siguientes, sin superar 15.000 € en total. También cuentan las plazas de garaje y los trasteros comprados con la vivienda.
Entran los gastos necesarios para la obra: honorarios, proyecto, dirección de obra, mano de obra, equipos, materiales y también los certificados energéticos. En obras de la comunidad, a cada propietario le corresponde lo que pagó la comunidad multiplicado por su coeficiente de participación.
La deducción se aplica en la declaración del año en que se expide el certificado de «después». Si pagaste la obra un año y el certificado llega al siguiente, la deducción va en el año del certificado, con lo pagado hasta el 31 de diciembre de ese año. Se resta de la cuota íntegra estatal.
Una persona paga 10.000 € en 2026 por cambiar la calefacción a bomba de calor y aislar el techo. El certificado de después muestra que el consumo de energía primaria no renovable baja un 35 %. Encaja en la del 40 %. Como la base máxima es de 7.500 €, la deducción sería 40 % × 7.500 € = 3.000 €. Es un ejemplo inventado: tu caso depende de tus facturas, de las ayudas recibidas y de tu declaración.
Estas deducciones nacieron en 2021 con el Real Decreto-ley 19/2021 y se han prorrogado varias veces. Algunas prórrogas se aprobaron por real decreto-ley y después el Congreso las derogó, así que los plazos han cambiado más de una vez. Antes de hacer la declaración, comprueba en el BOE o en la Agencia Tributaria que los plazos siguen igual.
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Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional 50.ª, texto consolidado (BOE) · Real Decreto-ley 7/2026, artículo 36 (BOE) · Real Decreto 390/2021 (BOE) · Agencia Tributaria, sede electrónica.
| Inmueble | Precio final |
|---|---|
| Piso hasta 90 m² | 99 € |
| Piso de 90 a 150 m² | 129 € |
| Casa o chalet hasta 200 m² | 159 € |
| Local hasta 100 m² | 129 € |
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