Sí, la aerotermia puede mejorar la letra del certificado energético. La razón es que el calor que la bomba de calor toma del aire cuenta como energía renovable en el cálculo oficial. Cuánto mejora depende de la vivienda y del equipo que sustituyas.
La aerotermia es una bomba de calor: usa electricidad para sacar calor del aire exterior y llevarlo a la casa (o al revés en verano). La ley llama a ese calor del aire «energía ambiente» y la incluye entre las energías renovables (artículo 2, letras l y m, del Real Decreto 390/2021).
En el cálculo del certificado, la energía que la bomba de calor capta del ambiente no suma consumo de energía primaria no renovable. Lo dice el documento oficial «Condiciones técnicas de los procedimientos para la evaluación de la eficiencia energética», apartado 7.1. Lo que sí cuenta es la electricidad que gasta el equipo para funcionar.
Como la letra de una vivienda se basa sobre todo en el consumo de energía primaria no renovable y en las emisiones de CO2, cambiar a aerotermia puede mover mucho esos dos indicadores.
Por eso no se puede decir de antemano cuántas letras sube. El técnico puede simularlo con tu vivienda antes de que compres el equipo.
La Ley del IRPF tiene dos deducciones para obras en la vivienda, vigentes para cantidades pagadas hasta el 31/12/2026 (disposición adicional 50.ª, texto a 17/10/2026):
| Deducción | Qué hay que demostrar | Base máxima al año |
|---|---|---|
| 20 % | Que la demanda de calefacción y refrigeración baja al menos un 7 % | 5.000 € |
| 40 % | Que el consumo de energía primaria no renovable baja al menos un 30 %, o que la vivienda pasa a letra A o B | 7.500 € |
La demanda depende sobre todo de la envolvente (paredes, ventanas, techos), y la aerotermia cambia el equipo, no la envolvente. Por eso, con aerotermia lo lógico es mirar la deducción del 40 %, que mide el consumo. En los dos casos hacen falta certificados de antes y después de la obra, y no cuenta el coste de equipos que usen combustibles fósiles. Los detalles están en la guía de la deducción en el IRPF.
Si quieres un sistema común para todo el edificio, o uno privativo que use elementos comunes, la Ley de Propiedad Horizontal permite aprobar la instalación de sistemas de energías renovables, «incluyendo la aerotermia y geotermia», con el voto de un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas (artículo 17.1). Antes de nada, consulta dónde iría la unidad exterior y si la comunidad tiene normas sobre la fachada.
Si comparas con otras mejoras, mira también la guía de placas solares.
Fuentes: Real Decreto 390/2021, artículo 2 (BOE) · MITECO, documentos reconocidos «Condiciones técnicas de los procedimientos para la evaluación de la eficiencia energética» y «Calificación de la eficiencia energética de los edificios» · Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional 50.ª (BOE) · Real Decreto 326/2026, artículo 98 (BOE) · Real Decreto Legislativo 2/2004, Ley de Haciendas Locales, artículos 74 y 103 (BOE) · Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, artículo 17 (BOE) · Directiva (UE) 2024/1275, artículo 17 (EUR-Lex).
| Inmueble | Precio final |
|---|---|
| Piso hasta 90 m² | 99 € |
| Piso de 90 a 150 m² | 129 € |
| Casa o chalet hasta 200 m² | 159 € |
| Local hasta 100 m² | 129 € |
Con IVA, visita del técnico, registro y tasa incluidos. Los metros son construidos: los que pone tu escritura o el recibo del IBI.
Precio cerrado desde 99 € con IVA, visita, registro y tasa incluidos.