La etiqueta energética es el resumen oficial de una página del certificado: muestra la letra de tu vivienda en una escala de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente). Solo existe cuando el certificado ya está registrado. La ley la define como el «distintivo público que acredita la existencia de un certificado» registrado (artículo 2.ñ del Real Decreto 390/2021).
El modelo oficial para edificios existentes, vigente desde el 30 de septiembre de 2026, tiene estas partes:
Fuente: modelo oficial de etiqueta de edificios existentes del Ministerio.
Desde el 30 de septiembre de 2026 hay tres modelos oficiales: de proyecto, de obra terminada y de edificios existentes. Así lo explica la nota informativa del Ministerio sobre los nuevos documentos. La etiqueta tiene que decir siempre, de forma clara, a cuál de los tres se refiere (artículo 15.2). Si compras una vivienda de segunda mano, la que te interesa es la de edificio existente.
| Lugar | ¿Obligatorio? | Norma |
|---|---|---|
| Anuncios de venta o alquiler (portales, webs, folletos) | Sí | Artículos 15.2 y 17.3 |
| Contrato de alquiler | Sí, una copia unida al contrato | Artículo 17.2 |
| Contrato de compraventa | Sí, junto con una copia del certificado registrado | Artículo 17.2 |
| A la vista del público en edificios de la Administración de más de 250 m² y en ciertos edificios de más de 500 m² (comercios, hoteles, restaurantes, gimnasios…) | Sí, en lugar destacado | Artículos 3.1 y 16.1 |
| En la puerta de tu casa o en el portal | No, es voluntario | Artículo 16.2 |
En los portales se puede cambiar de tamaño si se lee bien y se mantienen formato y proporciones. En prensa basta con las letras de consumo y emisiones. Y no hace falta en el cartel exterior que solo tiene un teléfono. Lo explica el documento oficial «Calificación de la eficiencia energética de los edificios», en la página de documentos reconocidos.
El derecho a usar la etiqueta nace con «la obtención del certificado y su registro», y dura lo que dure el certificado (artículo 15.1). Antes del registro no hay etiqueta oficial.
La ley también prohíbe enseñar etiquetas o símbolos que no cumplan los requisitos y que puedan inducir a error (artículo 15.3). Enseñar una etiqueta que no corresponde al certificado registrado y en vigor es una falta grave, con multa de 601 a 1.000 € (disposiciones adicionales 12.ª y 13.ª del Real Decreto Legislativo 7/2015).
Imagina que comparas dos pisos en bloque de la misma ciudad, los dos con letra E en consumo. Uno marca un valor bastante más bajo que el otro dentro de esa E. A igualdad de todo lo demás, ese piso está más cerca de la D. La letra resume, pero el número afina.
Para ir más allá: diferencias entre certificado y etiqueta, qué significa cada letra y qué exige la ley en los anuncios.
Fuentes: Real Decreto 390/2021, artículos 2, 3, 13, 15, 16 y 17 (BOE) · Real Decreto Legislativo 7/2015 (BOE) · MITECO, modelo de etiqueta de edificios existentes (2026) · MITECO, documentos reconocidos y nota informativa.
| Inmueble | Precio final |
|---|---|
| Piso hasta 90 m² | 99 € |
| Piso de 90 a 150 m² | 129 € |
| Casa o chalet hasta 200 m² | 159 € |
| Local hasta 100 m² | 129 € |
Con IVA, visita del técnico, registro y tasa incluidos. Los metros son construidos: los que pone tu escritura o el recibo del IBI.
Precio cerrado desde 99 € con IVA, visita, registro y tasa incluidos.