El certificado energético dura como máximo diez años, salvo que la letra sea G: entonces dura como máximo cinco (art. 13.1 del RD 390/2021). La fecha exacta de caducidad viene en la etiqueta, en la casilla «Válido hasta».
| Tu certificado | Validez máxima |
|---|---|
| Registrado hasta el 2 de junio de 2021, cualquier letra | 10 años |
| Registrado desde el 3 de junio de 2021, letras A a F | 10 años |
| Registrado desde el 3 de junio de 2021, letra G | 5 años |
Así lo resume el Ministerio en sus preguntas frecuentes (n.º 45). El límite de cinco años para la G no es retroactivo: solo afecta a los certificados registrados desde el 3 de junio de 2021 (n.º 49).
El certificado da dos letras: una por el consumo de energía primaria no renovable y otra por las emisiones de CO₂. El plazo corto se aplica si sale G en cualquiera de las dos, o en ambas (preguntas frecuentes, n.º 49). Así que mira las dos letras de tu etiqueta, no solo una.
Por ejemplo, si tu etiqueta pone «Válido hasta 14/03/2031», puedes vender o alquilar con ese certificado hasta ese día sin hacer otro.
Sí. Los certificados hechos con la norma anterior, el RD 235/2013, siguen siendo válidos hasta que caduquen. No hay que adaptarlos al RD 390/2021 (preguntas frecuentes, n.º 46).
Si lo sacó el dueño anterior, también te sirve: el certificado es de la vivienda, y la ley no obliga a obtener uno nuevo si ya hay uno en vigor (art. 6.1).
Nada, mientras no lo necesites. Al pasar el plazo de validez, el propietario solo tiene que sacar un certificado nuevo si se da alguno de los casos que obligan: por ejemplo, una nueva venta, un alquiler a un inquilino nuevo o una ITE obligatoria (preguntas frecuentes, n.º 47).
Por ejemplo, si tu certificado caducó el año pasado y sigues viviendo en tu casa, no tienes que hacer nada. Si dentro de seis meses decides alquilarla, tendrás que hacer uno nuevo antes de anunciarla.
Eso sí, la renovación y la actualización las regula cada comunidad autónoma (art. 13.2), y no cumplir esas obligaciones es una infracción leve, con multa de 300 a 600 € (RDL 7/2015, disposiciones adicionales 12.ª y 13.ª). Consulta las condiciones de tu comunidad.
Sí. El propietario puede actualizar el certificado de forma voluntaria cuando cree que algo ha cambiado y puede mover la letra, por ejemplo tras una reforma (art. 13.3). Y puede pedir uno nuevo cuando quiera, aunque la vivienda no haya cambiado (preguntas frecuentes, n.º 48).
Si has cambiado las ventanas, la caldera o has aislado la fachada, puede compensarte: una letra mejor luce más en el anuncio y, si sales de la G, pasas a tener diez años de validez.
Si necesitas uno nuevo, nosotros lo hacemos por 99 € para un piso de hasta 90 m², con registro y tasa incluidos.
Un certificado con letra A a F dura el doble que uno con G. Si lo divides por años de uso, una letra mejor también abarata el certificado. Lo explicamos en renovar el certificado energético caducado, mi vivienda saca G y las letras de la A a la G.
Fuentes: Real Decreto 390/2021, texto consolidado con el RD 659/2025 (BOE), arts. 6 y 13 · MITECO, preguntas frecuentes sobre el RD 390/2021 (orientativas, sin valor jurídico) · MITECO, documentos reconocidos (modelo oficial de etiqueta) · Real Decreto Legislativo 7/2015, disposiciones adicionales 12.ª y 13.ª (BOE).
| Inmueble | Precio final |
|---|---|
| Piso hasta 90 m² | 99 € |
| Piso de 90 a 150 m² | 129 € |
| Casa o chalet hasta 200 m² | 159 € |
| Local hasta 100 m² | 129 € |
Con IVA, visita del técnico, registro y tasa incluidos. Los metros son construidos: los que pone tu escritura o el recibo del IBI.
Precio cerrado desde 99 € con IVA, visita, registro y tasa incluidos.