La Directiva (UE) 2024/1275 no obliga directamente a cada propietario a reformar su vivienda. Lo que hace es obligar a cada país a reducir el consumo medio de energía de todo su parque de viviendas y a cambiar el certificado energético. Cómo se aplique en tu casa dependerá de las normas que apruebe España.
Qué es esta directiva
Es la norma europea sobre la eficiencia energética de los edificios. Se publicó en el Diario Oficial de la UE el 8/5/2024 y sustituye a la Directiva 2010/31/UE. Una directiva no se aplica sola: cada país debe trasladarla a sus leyes. El plazo general terminó el 29/05/2026 (artículo 35). Lo que te obliga en España es la norma española publicada en el BOE.
La meta para las viviendas
Cada país debe fijar una «trayectoria» para renovar poco a poco sus viviendas. El consumo medio de energía primaria de todas las viviendas debe bajar, frente al de 2020 (artículo 9.2):
| Año | Reducción mínima del consumo medio |
| 2030 | 16 % |
| 2035 | Entre el 20 % y el 22 % |
| 2040 y después, cada cinco años | El valor que fije cada país hasta llegar a un parque de cero emisiones en 2050 |
Al menos el 55 % de esa reducción debe venir de renovar el 43 % de las viviendas menos eficientes. Para lograrlo, los países pueden usar normas mínimas de eficiencia, asistencia técnica y ayudas. Además, no pueden dejar fuera de forma desproporcionada a las viviendas de alquiler.
Es decir: la directiva no fija una fecha en la que tu piso deba tener una letra concreta. Deja a cada país elegir las medidas, que podrían incluir normas mínimas.
Para los edificios que no son viviendas, como oficinas o locales, sí hay normas mínimas con fechas: deben quedar por debajo de ciertos umbrales a partir de 2030 y de 2033 (artículo 9.1).
Cómo cambia el certificado energético
- Escala fija de la A a la G. La A será para edificios de cero emisiones y la G para los menos eficientes del país. Los países pueden crear una clase A+ (artículo 19.2).
- Modelo común. El certificado debe seguir el modelo del anexo V de la directiva desde el 29/05/2026 (artículo 19.2).
- Validez de diez años como máximo (artículo 19.13). En España ya es así, con cinco años para la letra G (artículo 13 del Real Decreto 390/2021).
- Consejo si tu letra está por debajo de la C. Se te invitará a pedir asesoramiento sobre renovación en una ventanilla única (artículo 19.13).
- Más casos: la directiva incluye la renovación del contrato de alquiler entre los casos en que se expide certificado (artículo 20.1). La norma española actual habla de alquiler a un nuevo inquilino (artículo 3.1.b del RD 390/2021).
- Anuncios: deben mostrar el indicador y la clase energética, también en portales inmobiliarios (artículo 20.4).
- Visita: la directiva admite que, cuando proceda, la visita se haga por medios virtuales (artículo 19.4). En España, hoy la norma exige al menos una visita al inmueble (artículo 6.5 del RD 390/2021).
Calderas, edificios nuevos y placas solares
- Calderas fósiles: desde el 1/1/2025, los países no pueden dar incentivos económicos para instalar calderas independientes de combustibles fósiles, con alguna excepción (artículo 17.15). Además, los planes nacionales de renovación deben recoger la retirada gradual de los combustibles fósiles en la calefacción, con vistas a eliminar del todo las calderas fósiles a más tardar en 2040 (anexo II).
- Edificios nuevos de cero emisiones: desde el 1/1/2028 los públicos y desde el 1/1/2030 todos (artículo 7).
- Solar en viviendas nuevas: instalaciones solares adecuadas en los edificios residenciales nuevos a más tardar el 31/12/2029, si es técnica y económicamente viable (artículo 10.3.d).
- Financiación: los países deben promover préstamos e hipotecas verdes para renovar (artículo 17.11).
Qué significa para ti hoy
- Tu certificado sigue valiendo mientras esté registrado y en vigor según la norma española.
- Si tu letra es baja, planifica. Las metas europeas se van a traducir en medidas nacionales. Las recomendaciones de tu certificado son un buen punto de partida.
- Si vas a cambiar la caldera, ten en cuenta que las ayudas públicas no pueden ir a calderas fósiles independientes.
- Sigue los cambios en el BOE. Te los resumimos en lo que cambia en 2026 y en la guía de normativa.
Si tu vivienda tiene letra G, mira también qué hacer si sacas G.
Fuentes: Directiva (UE) 2024/1275, artículos 7, 9, 10, 17, 19, 20 y 35 y anexo II (EUR-Lex) · Directiva (UE) 2024/1275, texto publicado en el DOUE (copia del BOE) · Real Decreto 390/2021, artículos 3, 6 y 13 (BOE).
Precio cerrado
| Inmueble | Precio final |
|---|
| Piso hasta 90 m² | 99 € |
| Piso de 90 a 150 m² | 129 € |
| Casa o chalet hasta 200 m² | 159 € |
| Local hasta 100 m² | 129 € |
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