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Certificado energético de una VPO

Una VPO necesita certificado energético para venderla o alquilarla, igual que otra vivienda. Qué cambia por ser protegida y qué ayudas del Plan Estatal te afectan.

Sí, una vivienda de protección oficial (VPO) necesita certificado energético para venderla o alquilarla, igual que cualquier otra vivienda. La norma no exime a las viviendas protegidas. Lo que cambia por ser VPO son otros trámites, como los precios máximos o las autorizaciones, que dependen de tu comunidad autónoma.

Por qué una VPO no está exenta

El certificado es obligatorio para los edificios o partes de edificios que «se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario» (artículo 3.1.b del Real Decreto 390/2021). Las únicas exclusiones son las del artículo 3.2:

  • Edificios protegidos oficialmente por su valor arquitectónico o histórico o por estar en un entorno declarado, cuando mejorar su eficiencia alteraría de forma inaceptable su carácter o aspecto.
  • Construcciones provisionales de dos años o menos.
  • Edificios industriales, de defensa y agrícolas no residenciales de baja demanda energética.
  • Edificios independientes de menos de 50 m² útiles.
  • Edificios que se compran para derribarlos o para una reforma importante, con declaración responsable.

Ojo con la palabra «protegido»: la exclusión se refiere a la protección del patrimonio (valor histórico o arquitectónico), no a la protección pública de la vivienda. Una VPO no está protegida en ese sentido por el mero hecho de ser VPO. Lo vemos en la guía de viviendas exentas.

Lo mismo que en cualquier vivienda

ObligaciónNorma
Visita del técnico, como máximo tres meses antes de emitirloArtículo 6.5
Registro en la comunidad autónoma para que tenga validezArtículo 6.6
Letra en el anuncio de venta o alquilerArtículo 17.3
Copia del certificado registrado y etiqueta anexas al contrato de ventaArtículo 17.2
Etiqueta anexa al contrato de alquiler y entrega de las recomendaciones de usoArtículo 17.2
Validez de hasta diez años, o cinco si es GArtículo 13
Multas de 300 a 6.000 € si no se cumpleDisposiciones adicionales 12.ª y 13.ª de la Ley de Suelo

Lo que sí puede ser distinto en una VPO

  • Autorizaciones y precios máximos. Según el régimen de tu VPO y tu comunidad, la venta o el alquiler pueden necesitar autorización o comunicación previa, tener un precio máximo o estar sujetos a derechos de compra de la administración. Depende de cada comunidad: consúltalo en su organismo de vivienda.
  • Edificios de titularidad pública. Si el edificio pertenece a una administración o lo ocupa, sus certificados pueden hacerlos técnicos de esa administración (disposición adicional primera del RD 390/2021). Si además tiene más de 250 m² útiles, el certificado es obligatorio aunque no se venda ni alquile (artículo 3.1.c).

Prepara el certificado al mismo tiempo que el resto de trámites de la VPO, para que no retrase la operación.

Viviendas protegidas nuevas: exigencias de eficiencia

El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (Real Decreto 326/2026) ayuda a construir vivienda social y asequible, por ejemplo para alquiler. Las viviendas nuevas que se acogen a varias de esas ayudas deben tener un consumo de energía primaria no renovable por debajo de estos límites (anexo I):

Zona climática de inviernoαABCDE
Península (kWh/m²·año)16,020,022,425,630,434,4
Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla20,025,028,032,038,043,0

En la península, estos valores son un 20 % más bajos que el límite general del Código Técnico para viviendas nuevas (tabla 3.1.a-HE0 del DB-HE, que fija 20, 25, 28, 32, 38 y 43).

Si quieres mejorar la letra de tu VPO

Para las ayudas a la rehabilitación del Plan Estatal, revisa los requisitos generales. Piden, entre otras cosas, que la vivienda o el edificio esté terminado antes de 2006, salvo que la comunidad admita otros, y en la línea de vivienda, que sea tu domicilio habitual (artículos 97 y 106 del RD 326/2026). Te lo contamos en la guía de ayudas.

Un ejemplo hipotético

Elena quiere vender su VPO. Pide al organismo de vivienda de su comunidad la autorización y el precio máximo, y a la vez encarga el certificado. Cuando lo tiene registrado, publica el anuncio con la letra. Es un caso inventado: los trámites de la VPO cambian según la comunidad.

Si tienes dudas sobre la obligación en general, lee si es obligatorio el certificado.

Fuentes: Real Decreto 390/2021, artículos 3, 6, 13 y 17 y disposición adicional primera (BOE) · Real Decreto Legislativo 7/2015, disposiciones adicionales 12.ª y 13.ª (BOE) · Real Decreto 326/2026, Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, artículos 97 y 106 y anexo I (BOE) · Código Técnico de la Edificación, DB-HE, tabla 3.1.a-HE0.

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Piso de 90 a 150 m²129 €
Casa o chalet hasta 200 m²159 €
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