Una donación no obliga a tener certificado energético, pero una venta entre familiares sí, como cualquier otra compraventa. Lo que cuenta es el tipo de operación, no el parentesco: el real decreto pide el certificado cuando un inmueble «se vende» o se alquila a un nuevo arrendatario (art. 3.1.b del RD 390/2021).
Cuando una madre dona un piso a su hijo, no hay compraventa ni alquiler. Por eso no entra en los casos del artículo 3.1. El ICAEN, el organismo de energía de Cataluña, lo recoge de forma expresa en su lista de casos no obligados: herencias, donaciones y cualquier otra forma de transmitir la propiedad o el uso que no sea una compraventa o un alquiler.
Esto vale para la parte energética. Una donación tiene sus propios requisitos e impuestos, que no tratamos aquí.
Si un padre vende un piso a su hija, es una compraventa. La ley no hace excepciones por ser familia. Se aplican las mismas reglas que con un desconocido:
Tampoco cambia nada que el precio sea bajo. Si la operación se firma como compraventa, se trata como compraventa.
| Operación | ¿Certificado? | Por qué |
|---|---|---|
| Donación de padres a hijos | No | No es venta ni alquiler (art. 3.1) |
| Venta de padres a hijos | Sí | Es una compraventa (art. 3.1.b) |
| Venta entre hermanos | Sí | Es una compraventa |
| Alquiler a un hijo o a un sobrino | Sí | Es un alquiler a un nuevo arrendatario |
| Dejar el piso gratis a un familiar | No | No hay alquiler (criterio del ICAEN) |
| Herencia | No | No es venta ni alquiler |
El que recibe la vivienda en donación pasa a ser el propietario. Y el propietario es el responsable de encargar el certificado cuando le toque (art. 6.1). Por ejemplo, si tu madre te dona un piso y dentro de un año lo alquilas, tendrás que tener el certificado antes de anunciarlo.
Si la vivienda ya tenía un certificado en vigor, te sirve. No hace falta otro mientras ese siga válido (art. 6.1). Dura hasta diez años, o cinco si la letra es G (art. 13.1).
Si necesitas el certificado para una venta entre familiares, nosotros lo hacemos por 99 € para un piso de hasta 90 m², con todo incluido.
Para el resto de pasos de una venta, mira la guía del certificado energético para vender. Si la vivienda os llega por herencia, la de certificado energético en una herencia. Y si dudáis sobre quién lo paga, quién paga el certificado energético.
Fuentes: Real Decreto 390/2021, texto consolidado con el RD 659/2025 (BOE), arts. 3, 6, 13 y 17 · ICAEN, edificios obligados y no obligados (Cataluña) · Real Decreto Legislativo 7/2015, disposiciones adicionales 12.ª y 13.ª (BOE).
| Inmueble | Precio final |
|---|---|
| Piso hasta 90 m² | 99 € |
| Piso de 90 a 150 m² | 129 € |
| Casa o chalet hasta 200 m² | 159 € |
| Local hasta 100 m² | 129 € |
Con IVA, visita del técnico, registro y tasa incluidos. Los metros son construidos: los que pone tu escritura o el recibo del IBI.
Precio cerrado desde 99 € con IVA, visita, registro y tasa incluidos.