Sí, una vivienda sin calefacción también necesita certificado energético si la vendes o la alquilas. No tener calefacción no la deja exenta: lo que cuenta es que sea un espacio pensado para vivir, que necesita estar a una temperatura cómoda, no que hoy tenga aparatos (preguntas frecuentes del MITECO, n.º 13).
El real decreto define «edificio» como una construcción con techo y paredes en la que se usa energía para acondicionar el interior (art. 2.h del RD 390/2021). Una vivienda está hecha para eso, la uses o no. Las exclusiones son solo las del artículo 3.2, y ninguna habla de la falta de calefacción.
El Ministerio lo aclara así: solo están exentos los casos que encajan claramente en esas exclusiones. La clave no es si el edificio consume energía ahora, por ejemplo porque está vacío, sino si necesita acondicionarse para su uso (preguntas frecuentes, n.º 13).
Aquí está lo que mucha gente no sabe. El programa no da por hecho que una casa sin calefacción no gasta nada. La norma técnica oficial establece que, en las viviendas, los espacios que no tienen equipos de climatización definidos se calculan con unos equipos por defecto. Son los «equipos de referencia» que fija el Código Técnico de la Edificación para uso residencial privado.
Lo dice la tabla 15 del documento reconocido «Condiciones técnicas de los procedimientos para la evaluación de la eficiencia energética de los edificios», que se aplica desde el 30/09/2026. En pocas palabras: el certificado calcula cuánto gastaría la vivienda para estar cómoda, no cuánto gasta hoy tu factura.
Por eso, que no tengas calefacción no garantiza una buena letra. La letra dependerá mucho de cómo esté aislada la vivienda, de sus ventanas y de su orientación.
| Tu vivienda | ¿Necesita certificado para vender o alquilar? |
|---|---|
| No tiene calefacción ni aire acondicionado | Sí |
| Solo tiene estufas o radiadores eléctricos que se enchufan | Sí |
| Está vacía y con los suministros dados de baja | Sí (preguntas frecuentes, n.º 13) |
| Está en una zona de clima suave | Sí |
| Es un edificio aislado de menos de 50 m² útiles | No (art. 3.2.d) |
Si tienes aparatos sueltos, enséñaselos al técnico. Él decide cómo se tienen en cuenta en el cálculo.
La visita es obligatoria y sirve para tomar los datos reales (art. 6.5). Cuanto mejor la prepares, más fiel será el resultado:
El certificado incluye recomendaciones de mejora, con una estimación de cuánto tardarías en recuperar la inversión (art. 8.2.f). En una vivienda sin calefacción, esas recomendaciones te dan una idea de qué obras tendrían más efecto. Por ejemplo, si piensas instalar una bomba de calor, el certificado puede orientarte sobre el resultado. Lo contamos en aerotermia y certificado energético.
Nosotros hacemos el certificado de un piso de hasta 90 m² por 99 €, con la visita y el registro incluidos, haya o no calefacción.
No pasa nada para vender o alquilar: la ley no exige una letra mínima para hacerlo. Lo único que cambia es la duración. Si la calificación es G, el certificado vale cinco años en lugar de diez (art. 13.1). Tienes más en mi vivienda saca G y en cómo mejorar la letra.
Fuentes: Real Decreto 390/2021, texto consolidado con el RD 659/2025 (BOE), arts. 2, 3, 6, 8 y 13 · MITECO, preguntas frecuentes sobre el RD 390/2021 (orientativas, sin valor jurídico) · MITECO, documentos reconocidos: «Condiciones técnicas de los procedimientos para la evaluación de la eficiencia energética de los edificios».
| Inmueble | Precio final |
|---|---|
| Piso hasta 90 m² | 99 € |
| Piso de 90 a 150 m² | 129 € |
| Casa o chalet hasta 200 m² | 159 € |
| Local hasta 100 m² | 129 € |
Con IVA, visita del técnico, registro y tasa incluidos. Los metros son construidos: los que pone tu escritura o el recibo del IBI.
Precio cerrado desde 99 € con IVA, visita, registro y tasa incluidos.