Pedir porWhatsApp

Inicio › Técnicos › Acuerdo de colaboración

Acuerdo de colaboración

Las condiciones para hacer certificados con nosotros. Versión 1.0, del 17 de octubre de 2026.

Acuerdo de colaboración para certificados de eficiencia energética · versión 1.0 · 17 de octubre de 2026

De una parte, MK MIX Marketing Digital, S.L., NIF B90338328, con domicilio en Paseo José Fernández Vega, 41, bajo, 41310 Brenes (Sevilla), que actúa con la marca «Tu Certificado de Energía» (tucertificadodeenergia.es). En adelante, la empresa.

De otra parte, la persona o sociedad que lo acepta con el formulario de alta, con el nombre, NIF, correo y teléfono que indica en él. En adelante, el técnico.

1. Objeto

La empresa vende a particulares y empresas la gestión completa del certificado de eficiencia energética de su inmueble. Para hacerlo, encarga al técnico, encargo a encargo, la visita al inmueble, el cálculo con un programa reconocido, la emisión y firma del certificado y, cuando se le pida, su registro en la comunidad autónoma. Cada encargo es un arrendamiento de servicios independiente con un resultado concreto: el certificado firmado y, en su caso, registrado.

2. Requisitos del técnico

El técnico declara, y se compromete a mantenerlo mientras dure el acuerdo:

  1. Que es técnico competente para emitir certificados de eficiencia energética según los artículos 4 bis y 4 ter del Real Decreto 390/2021 y la normativa de su comunidad autónoma, y que ha hecho la inscripción o declaración que esta exija. El número o justificante es el que indica en el formulario de alta.
  2. Que tiene en vigor un seguro de responsabilidad civil profesional que cubre la certificación energética, con una suma asegurada de al menos 150.000 € por siniestro. Entrega copia de la póliza y del último recibo antes del primer encargo, y avisa a la empresa si el seguro se cancela, cambia o deja de cubrir esta actividad.
  3. Que está dado de alta como trabajador autónomo o actúa a través de su sociedad, y al corriente de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social, que son cosa suya.
  4. Que avisará a la empresa si en algún momento al menos el 75 % de sus ingresos profesionales vienen de ella. En ese caso, las partes firmarán el contrato que exige la ley para el trabajador autónomo económicamente dependiente (Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo).

Si deja de cumplir alguno de estos requisitos, lo comunica de inmediato y no acepta más encargos.

3. Profesional independiente

El técnico trabaja por su cuenta y riesgo, con sus propios medios (vehículo, equipo y programa de cálculo) y con su criterio técnico, que la empresa no dirige. No hay relación laboral, horario ni exclusividad: puede trabajar para otros clientes y empresas, incluidas otras de certificación. Decide libremente qué encargos acepta, y rechazar encargos no tiene ninguna consecuencia. Organiza su trabajo como quiera dentro de los plazos de cada encargo. No lleva ropa ni distintivos de la empresa.

4. Cómo funcionan los encargos

  1. La empresa envía cada encargo por WhatsApp o por correo: dirección, tipo de inmueble, metros aproximados y datos de contacto del cliente.
  2. El técnico lo acepta o lo rechaza en un máximo de 24 horas. Si no contesta, se entiende rechazado.
  3. Una vez aceptado:
    • contacta con el cliente en 24 horas;
    • hace la visita en un plazo máximo de 5 días hábiles, salvo que el cliente pida otra fecha;
    • entrega el certificado firmado, la etiqueta y el archivo XML en un máximo de 2 días hábiles desde la visita.
  4. Registro: el técnico registra el certificado en la comunidad autónoma, o entrega a la empresa la documentación para que lo haga como persona autorizada por el propietario, según el art. 6.6 del RD 390/2021. La empresa le dirá en cada encargo qué opción toca. La tasa de registro la paga la empresa.
  5. El técnico trata al cliente con educación y puntualidad. Se identifica como técnico independiente que colabora con «Tu Certificado de Energía» (tucertificadodeenergia.es) y no cobra nada al cliente, porque el cliente ya ha pagado a la empresa. Durante el encargo tampoco le ofrece otros servicios.
  6. Si el cliente no está en la visita acordada y no avisó, el técnico lo comunica en el momento. La empresa le paga 15 € más IVA por el desplazamiento.
  7. El técnico no puede pasar el encargo a otra persona sin permiso por escrito de la empresa.

5. Precio y pago

El precio de cada tipo de encargo es el que el técnico indica en su formulario de alta, que no puede superar esta tabla. Si no indica ninguno, se aplica la tabla. El técnico puede cambiar su precio, sin pasar de la tabla, avisando por escrito; el cambio vale para los encargos que acepte después. La empresa ofrece cada encargo primero a los técnicos de la zona con mejor precio y buenas valoraciones.

EncargoPrecio para el técnico (más IVA)
Piso hasta 90 m²50 €
Piso de 90 a 150 m², o local hasta 100 m²65 €
Casa o chalet hasta 200 m²80 €
Otros casosEl precio cerrado que se acuerde antes de aceptar el encargo
  • El precio incluye todos los gastos del técnico (desplazamiento dentro de su provincia, programa, seguro y correcciones por errores suyos). La tasa de registro no la paga el técnico.
  • Si hay que desplazarse a otra provincia, el suplemento se acuerda antes de aceptar el encargo. Nunca después.
  • El técnico emite una factura por encargo o una al mes. La empresa paga por transferencia en un máximo de 15 días desde que recibe el certificado firmado (con el justificante de registro, si lo registra el técnico) y la factura.
  • La empresa puede cambiar estos precios avisando con 15 días. Los encargos ya aceptados se pagan al precio de antes.

6. Responsabilidad y errores

  1. El técnico firma el certificado y responde de su contenido técnico: los datos tomados en la visita, el cálculo y la calificación.
  2. Si el certificado tiene un error imputable al técnico, lo corrige sin coste, incluida una nueva visita si hace falta, en un máximo de 5 días hábiles desde el aviso.
  3. Ante el cliente responde la empresa, que es quien le vende el servicio. Si la empresa tiene que devolver dinero o indemnizar al cliente por un error o incumplimiento del técnico, puede reclamarle lo pagado (repetición). Antes, le avisa por escrito con el detalle y los justificantes. Si el técnico no se opone de forma razonada en 10 días, la empresa puede descontarlo de lo que le deba. Si se opone, no se descuenta hasta que haya acuerdo o resolución.
  4. El técnico mantiene su seguro de RC en vigor mientras dure el acuerdo y durante 2 años después de su último encargo, o durante el plazo que le exija su póliza, si es mayor.

7. Clientes

Durante el acuerdo y los 12 meses siguientes, el técnico no ofrece sus servicios por su cuenta, para el mismo inmueble, a los clientes que le haya pasado la empresa. Sí puede atenderlos si el cliente llega a él por otra vía sin que el técnico lo busque. Esto no limita su derecho a trabajar para cualquier otro cliente o empresa.

8. Protección de datos

  1. Encargado del tratamiento (art. 28 RGPD). Para la visita, el cálculo y la entrega, el técnico trata los datos de los clientes por cuenta de la empresa. Qué datos: nombre, teléfono, correo, dirección y datos del inmueble (referencia catastral, superficie y características) de los clientes de la empresa. Para qué: hacer el certificado del encargo. Durante cuánto tiempo: lo que dure cada encargo. El técnico:
    • solo usa los datos para el encargo y siguiendo las instrucciones de la empresa;
    • guarda secreto, también después de terminar el acuerdo, y se lo exige a quien le ayude;
    • aplica medidas de seguridad adecuadas (dispositivos con contraseña, nada en sitios públicos) y avisa a la empresa en 24 horas de cualquier pérdida o acceso indebido;
    • no subcontrata el tratamiento sin permiso por escrito de la empresa ni lleva datos fuera de la Unión Europea, salvo el uso de WhatsApp para recibir encargos y coordinar la visita con el cliente, que la empresa autoriza;
    • ayuda a la empresa a atender los derechos de los clientes;
    • al terminar cada encargo, borra los datos o se los devuelve a la empresa, salvo lo que la ley le obligue a conservar;
    • permite a la empresa comprobar que cumple y le da la información necesaria.
  2. Responsable por obligación legal. Para lo que la norma le exige como firmante del certificado (emitirlo, firmarlo, conservarlo y, en su caso, registrarlo), el técnico es responsable de esos datos y cumple el RGPD por su cuenta.
  3. La empresa trata los datos del técnico para gestionar este acuerdo y pagarle (base legal: el contrato). Los conserva mientras dure el acuerdo y, después, durante los plazos legales. El técnico puede ejercer sus derechos en info@tucertificadodeenergia.es.

9. Marca y confidencialidad

El técnico no usa la marca, la web ni los anuncios de la empresa para otros fines, ni se presenta como empleado suyo. Tampoco comparte con terceros los precios ni las condiciones de este acuerdo.

10. Duración, cambios y baja

  • El acuerdo se acepta con el formulario de alta y empieza a aplicarse cuando la empresa confirma por correo que el alta ha superado la revisión (copia de la póliza y certificado de muestra). Si no la supera, la empresa se lo comunica y el acuerdo queda sin efecto, sin coste para nadie. No tiene fecha de fin.
  • Si la empresa cambia este acuerdo, envía la nueva versión con 15 días de antelación. Si el técnico no la acepta, puede darse de baja sin coste.
  • Cualquiera de las dos partes puede darlo por terminado avisando por escrito con 15 días de antelación. Los encargos ya aceptados se terminan igualmente.
  • La empresa puede terminarlo de inmediato si el técnico deja de ser técnico competente, no tiene el seguro en vigor, cobra al cliente, incumple la protección de datos o comete errores graves o repetidos.

11. Aceptación, ley y juzgados

  • Este acuerdo se acepta con firma electrónica simple: un formulario con la casilla «He leído y acepto el acuerdo de colaboración, versión 1.0» que guarda el nombre, el NIF, el correo, la fecha, la hora y la dirección IP. Después se le envía al técnico una copia en PDF a su correo. Como alternativa, puede responder «ACEPTO» desde su correo profesional a un correo que lleve este acuerdo adjunto e identifique la versión. La aceptación vale como firma.
  • Se rige por la ley española. Para cualquier conflicto, las partes se someten a los juzgados de Sevilla.
WhatsApp 24 horas – 620 00 11 66